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El impuesto sobre vehículo automotor


El impuesto sobre vehículos automotores en Colombia es un tributo que gravan las Secretarías de Hacienda de los departamentos del país a los propietarios o poseedores quienes deben pagar una vez al año por vehículo, y se causa el primero de Enero del respectivo año gravable hasta el 31 de Diciembre del mismo.


La mayoría de los departamentos da un plazo para pagar el impuesto vehicular con un descuento del 10% hasta mediados del mes de Abril o Mayo de cada vigencia; luego, un plazo de dos meses hasta junio, aproximadamente, sin sanción. Los Propietarios o poseedores que no realicen el pago durante este tiempo perentorio, se ven obligados a pagar una sanción correspondiente a cinco (5) UVT (Unidad de Valor Tributario) el cual cambia cada año y que para el año 2020 corresponde a un valor de $35.607,00, valor definido mediante el incremento en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) calculado por el DANE.


Para los impuestos de Bogotá D.C., cuando la declaración no se presente dentro del plazo máximo establecido para declarar y pagar, la sanción por extemporaneidad es del 1.5% por mes o fracción de mes calendario de retardo, sobre el valor del impuesto a cargo sin exceder el 100% del impuesto a pagar.


Hay que tener en cuenta que la sanción aplicable es la vigente al momento de la presentación de la declaración y en todos los casos ninguna sanción puede ser inferior a la sanción mínima aplicable, que para el año 2020 es de $249.000,00, para la Secretaría de Hacienda Distrital de Bogotá; para el resto del país, en su mayoría, la sanción por extemporaneidad es del 5% por mes o fracción de mes calendario de retardo, sobre el valor del impuesto a cargo sin exceder el 100% del impuesto a pagar y que para el Departamento del Huila, Cundinamarca, Antioquia, Valle del Cauca y la mayoría de departamentos de nuestro país, la sanción mínima vigente es de $178.000,00, o sea el valor de 5 UVT, para la vigencia del año 2020.


Para liquidar el impuesto sobre vehículos automotores hay que tener presente lo siguiente:


1. La base gravable: es el avalúo establecido anualmente por el Ministerio de Transporte.

2. Clase de vehículo: corresponde al tipo de vehículo como Automóvil, carga, pasajeros o motocicletas.

3. Características del vehículo: marca, línea y sublínea, modelo, capacidad (según la clase de vehículo).

4. La tarifa: Es la tasa de aplicar sobre la base gravable del vehículo establecida anualmente mediante decreto por el ministerio de Hacienda, para determinar el valor del impuesto. La tarifa varía de acuerdo al avalúo del vehículo, para el año 2020 según la resolución 2263 del 13/12/2019:


Para avalúos hasta $48.029.000: 1.5%

Para avalúos entre $48.029.000 hasta $108.063.000: 2.5%

Para avalúos superiores a $108.063.000: 3.5%


El valor del impuesto a pagar, se calcula aplicando la tarifa definida de acuerdo con el avalóo del vehículo.


Por ejemplo: para el Automóvil Chevrolet Corsa Active 3P MT Modelo 2012 con 1.389cc, le corresonde un avalúo de $11.776.000 para la vigencia del año 2020, como no sobrepasa el primer rango, o sea $48.029.000, aplicamos la tarifa del 1.5% al avalúo de $11.776.000 X 1.5% = $177.000 (se aproxima al mil más cercano) si se liquida y paga antes de la fecha límite de pago. A este resultado agragamos otros valores como semaforización ($59.000 Bogotá (2020)), o Tasa en Cundinamarca ($24.900 (2020)) y la suma de estos valores es el total a pagar como impuesto al vehículo anteriormente descrito. Si el pago se hace después del tiempo máximo establecido, en la declaración se aplica la sanción mínima para el año correspondiente. También podemos aplicar un descuento del 10% si pagamos antes de una fecha determinada, aproximadamente a mediados de marzo, y en este caso le correspondería un descuento de $18.000.


Cuando se paga una vigencia después del plazo máximo establecido para cumplir con la obligación tributaria, en la declaración se debe incluir el interés por mora liquidado según la TTM establecida por el Ministerio de Hacienda, que para el enero del 2020 es del 28.16% EA


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Avalúo vigencia actual


Fechas máxima y de descuento

Departamento  Fecha Descuento  Fecha MáximaSanciónSemaf./Tasa
Bogotá D.C.08-05-202026-06-2020249.00059.000
Cundinamarca17-05-202026-07-2020178.00024.900
Antioquia20-03-202017/07/2020178.0000